domingo, 1 de julio de 2018

EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS


De acuerdo con lo establecido en la Resolución Nª 2593  los criterios para la evaluación del desarrollo del Proyecto son los siguientes: 
  • Participación activa en el desarrollo de las fases proyectos. Cumplir con los requisitos mínimos formales de una investigación.
  • Pertinencia y vinculación integral e integradora con las comunidades y las necesidades socio-productivas, socio-comunitarias y socio-tecnológicas con visión territorial.
De conformidad con las características de la evaluación establecidas en el artículo 4 de la resolución, los participantes del proceso de evaluación serán: 
  • La o el estudiante representante del proyecto. 
  • Un representante del Consejo Comunal, organización comunal o social e institución político privado en el área del proyecto.
  • Un representante institucional u organizacional del área del proyecto. 
  • La o el docente-asesor responsable del proyecto.

Según el Artículo 19: Se considera aprobado el proyecto cuando el estudiante haya cumplido las siguientes condiciones:
  • Haber obtenido la calificación mínima de dieciséis (16) puntos al concluir el trayecto.
  • Presentar ante los evaluadores del proyecto un informe oral y escrito de la sistematización del desarrollo del mismo.







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